
Como resultado de los persistentes y creativos esfuerzos de incidencia del sindicato Domestic Services Workers Union (DSWU) de Ghana, el Ministerio de Empleo y Relaciones Laborales (MELR) ha adoptado oficialmente una hoja de ruta para implementar el Reglamento sobre Trabajo Doméstico L.I. 2408, estableciendo dos prioridades de corto plazo: integrar a las trabajadoras del hogar en el Sistema de Información del Mercado Laboral de Ghana (GLMIS) y registrarlas en el Sistema Nacional de Pensiones (SSNIT), garantizando así su acceso a la protección social. Se trata de un paso crucial hacia la formalización y el trabajo decente para las trabajadoras del hogar en Ghana, y un ejemplo concreto de cómo la incidencia estratégica genera cambios tangibles.
El L.I. 2408 se aprobó en 2020 con el objetivo de establecer un marco de gobernanza que regule el trabajo doméstico, promueva su formalización y garantice la plena protección laboral de las trabajadoras del hogar. En la práctica, incorpora explícitamente el trabajo doméstico a la legislación laboral de Ghana, definiendo estándares mínimos de empleo, supervisión por parte de las autoridades laborales y mecanismos de reparación en los casos de vulneración de derechos. Sus disposiciones clave incluyen:
- Contrato por escrito y registro: toda trabajadora del hogar debe contar con un contrato por escrito, y el empleador debe presentar una copia ante el Oficial Laboral de Distrito dentro del primer mes de la firma. El contrato debe especificar las condiciones del servicio: salario (y cómo/cuándo se paga), jornada de trabajo, períodos de descanso, licencias, responsabilidades y cualquier beneficio en especie (que debe cuantificarse por escrito).
- Salario mínimo y horas extra: el salario no puede ser inferior al Salario Mínimo Nacional Diario. Las horas trabajadas fuera del horario acordado se consideran horas extra y deben pagarse en consecuencia. No se puede exigir a la trabajadora que haga horas extra a menos que el contrato establezca una tarifa específica para ello.
- Jornada de trabajo, descanso y licencias: las trabajadoras del hogar tienen derecho a un mínimo de ocho horas consecutivas de descanso diario y de veinticuatro horas de descanso semanal. También tienen derecho a vacaciones anuales y licencia por maternidad conforme a la Ley Laboral. El trabajo en días feriados oficiales no es obligatorio; si ocurre, debe pagarse al doble del salario normal.
- Seguridad social y deducciones legales: el reglamento vincula el empleo al Sistema Nacional de Pensiones (SSNIT), habilitando el registro y autorizando únicamente deducciones legales. Se prohíben las retenciones informales o no autorizadas.
- Estándares para las trabajadoras sin retiro: cuando la trabajadora reside en el hogar del empleador, este debe garantizar condiciones de vida adecuadas —incluyendo privacidad y seguridad, acceso a instalaciones sanitarias, y alimentación adecuada si se provee como parte del acuerdo.
- Libertad sindical y protección frente al abuso: el L.I. 2408 reconoce el derecho a la sindicalización y la negociación colectiva, y prohíbe el trabajo forzoso, el acoso sexual y la violencia doméstica, estableciendo mecanismos de denuncia.
- Inspecciones, resolución de conflictos y terminación de la relación laboral: los Oficiales Laborales de Distrito pueden inspeccionar e intervenir ante una denuncia, y el reglamento detalla los procedimientos para la resolución de disputas, los casos de despido injustificado y las reparaciones/compensaciones correspondientes.
Aun con esta regulación vigente, la aplicación deficiente de las normas deja a las trabajadoras del hogar expuestas a condiciones de trabajo precarias y, con mucha frecuencia, a abuso y explotación. En Ghana, el trabajo doméstico sigue siendo abrumadoramente informal: se estima que hay 58.000 trabajadoras del hogar a nivel nacional, más del 90% de las cuales están en empleo informal. La nueva hoja de ruta constituye un paso concreto hacia la formalización del trabajo doméstico, la cultura del cumplimiento y la dignificación de las mujeres que sostienen la economía del cuidado en el país. DSWU y la FITH continuarán luchando para lograr la pronta ratificación del Convenio 189 de la OIT por parte de Ghana y para garantizar que los derechos consagrados en el L.I. 2408 pasen de la ley a la práctica en la vida cotidiana de las trabajadoras del hogar.
“Este logro no es casualidad. Es el resultado directo de haber fortalecido nuestra incidencia, haber articulado con actores clave y haber sostenido el impulso para el cambio. Vemos esto como un gran paso adelante para garantizar el trabajo decente y la dignidad para las trabajadoras del hogar en Ghana. Junto con la FITH, seguiremos luchando hasta que cada trabajadora del hogar disfrute de todos los derechos y protecciones”
Georgina Naa Anyema Collison, Secretaria General de DSWU
